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Controles antidroga en las carreteras?

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  • #16
    Re: Controles antidroga en las carreteras?

    yo ya he opinado de esto por algun sitio.
    los controle estos , no voy a opinar si sirven o no o pa que sirven y tal.

    segun tengo entendido estos test detectarian un consumo 24 horas antes del control,
    estos los de saliva ; en caso de dar positivo , te remiten a una ambulancia ,que en todo momento tiene que ir con los guardias civiles en estos controles, y un medico te hace un analisis de sangre , te pega con un martillito en la rodilla...un control rutinario de tus facultades , y entre unos y otros deciden si estas guay pa pillar el carro.

    un saludo
    Maria, Maria
    oiches?
    O TEU FILLO FUMA PORROS.

    Comentario


    • #17
      Re: Controles antidroga en las carreteras?

      Una pregunta Pelu q no me keda del todo claro, a ver si tu sabes.....en el caso q des positivo xq eres consumidor avitual, vas a la ambulancia y tienes todas las capacidades para conducir y te dice el medico q no estas bajo los efectos, ya q has fumado hace bastantes horas.... te dejan seguir tan cual o te pondrian multa y te dejarian seguir? es lo q no me keda claro... si habria multa o no.....

      Saludos verdes

      Comentario


      • #18
        Re: Controles antidroga en las carreteras?

        como decia nu se quien ministra ;
        el consumo no es delito y puesto que no vas bajo las influencias de la droga ; segun el medico , no habria nada que sancionar creo .

        seguro bastarda same mas que yo
        saludos
        Maria, Maria
        oiches?
        O TEU FILLO FUMA PORROS.

        Comentario


        • #19
          Re: Controles antidroga en las carreteras?

          tambien podrian usarlo como excusa para hacerle la revision al coche y sacarte alguna chinilla perdida en un dia de fiesta.
          Maria, Maria
          oiches?
          O TEU FILLO FUMA PORROS.

          Comentario


          • #20
            Re: Controles antidroga en las carreteras?

            entonces way, me sacas d una gran duda! jaja. En mi coche q busken xq en el nunca fumo, jajaja. Gracias tio

            Saludos verdes!

            Comentario


            • #21
              Re: Controles antidroga en las carreteras?

              El problema con estos análisis es que los consumidores habituales suelen dar positivo facilmente ya que el THC se queda un tiempo considerable en sangre, y el test que dispone la DGT no es capaz de decir si estas colocado o no, simplemente que tienes THC en la sangre... de hecho se está revisando estas sanciones por la inseguridad que conlleva para el ciudadano. Hay un chico camionero en la marihuana.com que ha perdido su empleo porque ha dado positivo, el habia fumado el dia anterior.

              Este tema debe ser estudiado y revisado y hasta q no encuentren el análisis o el test idóneo deberían parar las sanciones en carretera...

              sobre si es delito el cosumo, efectivamente no lo es, pero en el tráfico sería la excepción, ir bebido o colocado, es un delito, aunque no haya habido consecuencias dañosas para terceros. Y es que se ha configurado como delito de peligro abstracto, eso quiere decir, que aunque no haya lesión, si hay peligro grave se sanciona, es decir habrá responsabilidad penal por el peligro generado, es decir, se sanciona por lo q pudiera pasar, aunq no se materialice...

              asi que si das positivo, te pondria una multa pecuniaria, y te quitarían puntos del carnet, pero si la cantidad es muy importante, todavia no se bien la cantidad ni nada, porque es nuevo el delito, acaba de entrar en vigor y no hay jurisprudencia q indique como lo van a aplicar....

              Imagino q irá en relación a la cantidad de alcohol o drogas q lleves en tu cuerpo, no es lo mismo el q se pasa por lo pelos, q el q no puede ni hablar cuando lo paran... de todas formas como te digo no se muy bien como lo van a aplicar, puesto q el delito contra la seguridad vial q ya existía era igualmente un delito de peligro abstracto, vamos q este nuevo es completamente innecesario, pero como aqui se legisla a golpe de alarma social, pues asi nos va....

              siento tener q estar dando siempre mala noticia... me vais a coger una mania...

              enga gente a fumar mucho pero cuando estéis en casa....

              Comentario


              • #22
                Re: Controles antidroga en las carreteras?


                Bueno os dejo a vuestra disposición la redacción de los delitos que acaban de entrar en vigor en relación con la seguridad vial. Como véis la mentalidad es muy punitiva....


                CAPÍTULO IV.
                DE LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL.
                Artículo 379.

                1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

                2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

                Artículo 380.

                1. El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.

                2. A los efectos del presente precepto se reputará manifiestamente temeraria la conducción en la que concurrieren las circunstancias previstas en el apartado primero y en el inciso segundo del apartado segundo del artículo anterior.

                Artículo 381.

                1. Será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años, multa de doce a veinticuatro meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de seis a diez años el que, con manifiesto desprecio por la vida de los demás, realizare la conducta descrita en el artículo anterior.

                2. Cuando no se hubiere puesto en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, las penas serán de prisión de uno a dos años, multa de seis a doce meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por el tiempo previsto en el párrafo anterior.

                3. El vehículo a motor o ciclomotor utilizado en los hechos previstos en el presente precepto se considerará instrumento del delito a los efectos del artículo 127 de este Código.

                Artículo 382.

                Cuando con los actos sancionados en los artículos 379, 380 y 381 se ocasionare, además del riesgo prevenido, un resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad, los Jueces o Tribunales apreciarán tan sólo la infracción más gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior y condenando, en todo caso, al resarcimiento de la responsabilidad civil que se hubiera originado.

                Artículo 383.

                El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

                Artículo 384.

                El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

                Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

                Artículo 385.

                Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o a las de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días, el que originare un grave riesgo para la circulación de alguna de las siguientes formas:

                Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio.

                No restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo.


                Comentario


                • #23
                  Re: Controles antidroga en las carreteras?

                  Yo no tengo carnet Vaya a ser que un día me paren yendo al pueblo con el caballo, ¿aplica lo mismo?
                  Tengo entendido que tienen que montar un despliegue importante, con su furgonetiya con paramédicos y todo, para calcular mejor cuanto te pueden sacar con la multa, lo que me lleva a pensar que en cuanto pase la primera tormenta, se limitarán a hacer controles en áreas de esas que llaman "sensibles", como la ruta del bacalao y eso. Pero no cabe duda que es un bolón esto, no ya la multa, sino la vida que te roban como al chaval este camionero que se ha quedao sin curro. No es proporcional, es jugar demasiado con los esfuerzos ciudadanos por permanecer dentro de la ley y respirar a un tiempo.
                  Es regla de oro que la gente del foro está contra el narco, pero, ¿alguien echaría en cara a ese forero que se pusiera a vender maría? ¿A qué "sistema" de leyes le debe respeto? Ahora me estoy fumando un canuto, que es exactamente su mismo crimen, pero nadie viene a dejarme sin trabajo, pedirme miles de euros y prohibirme además montar a caballo. Creo que me enfadaría seriamente. Si te fumas un canuto hoy y mañana tienes que conducir un camión, la incidencia es nula, el castigo es totalmente desproporcionado.
                  La ley no funciona ahí por demasiado imprecisa, ley por ley generada para alimentar ley, ley caníbal ergo ley autófaga, ley que corroe el resto de las leyes, las hace perder credibilidad y genera rechazo social a la vez que incrementa la percepción de que la ley no es más que un robo institucionalizado en interés de un porcentaje irrisorio de personas. Es la ley travestida.
                  Es ilegal además, calcular la incidencia del thc con medidores imprecisos. Si no son capaces de inventar uno, que se esperen a pasar dicha ley. Bueno, ya ves el caso que me hacen. ¿No se podría denunciar esa ley? Alguien que tenga carnet de conducir, jeje, yo soy solo un copiloto.
                  "We are losing the war against drugs." You know what that implies? There's a war being fought, and the people on drugs are winning it. (GW Bush)

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                  • #24
                    Re: Controles antidroga en las carreteras?

                    Originalmente publicado por BASTARDA

                    sobre si es delito el cosumo, efectivamente no lo es, pero en el tráfico sería la excepción, ir bebido o colocado, es un delito, aunque no haya habido consecuencias dañosas para terceros. Y es que se ha configurado como delito de peligro abstracto, eso quiere decir, que aunque no haya lesión, si hay peligro grave se sanciona, es decir habrá responsabilidad penal por el peligro generado, es decir, se sanciona por lo q pudiera pasar, aunq no se materialice...

                    asi que si das positivo, te pondria una multa pecuniaria, y te quitarían puntos del carnet, pero si la cantidad es muy importante, todavia no se bien la cantidad ni nada, porque es nuevo el delito, acaba de entrar en vigor y no hay jurisprudencia q indique como lo van a aplicar....

                    Imagino q irá en relación a la cantidad de alcohol o drogas q lleves en tu cuerpo, no es lo mismo el q se pasa por lo pelos, q el q no puede ni hablar cuando lo paran... de todas formas como te digo no se muy bien como lo van a aplicar, puesto q el delito contra la seguridad vial q ya existía era igualmente un delito de peligro abstracto, vamos q este nuevo es completamente innecesario, pero como aqui se legisla a golpe de alarma social, pues asi nos va....
                    buenas basty.. de momento solo lo contemplan como falta muy grave.. 6 puntos y retirada de 3 meses, pudiendo ser de 2 o de 1 dependiendo de los casos

                    pero son 6 puntos hagas una calado o vayas ciego perdido
                    La ViDa

                    Comentario


                    • #25
                      Re: Controles antidroga en las carreteras?

                      7rayos.. hasta en bici te pueden multar.. , por el casco y por alcholemia si fuera necesario..

                      ellos tienen demasiadas herramientas para castigar a quien crean oportuno.. solo hay que buscar un motivo para sancionar.. y en la mayoría de los casos, si quieren lo encuentran.. y eso es lo jodido.. que si te paran con intenciones de multarte te van a multar por "h" o por "b"
                      La ViDa

                      Comentario


                      • #26
                        Re: Controles antidroga en las carreteras?

                        yo por si a caso ya tengo un seguro de subsidio de carné contratado pq el día que me hagan la prueba está clarísimo que me quedo sin carné

                        hace 10 años que conduzco y siempre he fumado.. y no tengo partes.. es mas, tengo buena bonificación en 10 años de conductor fumao.. con lo que a mi me gustaría que me examinasen colocado.. pq creo que podría aprovar incluso colocado.. mucho mejor que hente que no fuma y muchos abueletes a los que renuevan el carné por pena pq no estan en condiciones y realmente hacen acciones temerarias de despiste peores que muchos fumaos..

                        cada persona es un mundo.. y hay gente que con 2 caladas van todo ciegos y otros que con 2 petas ni te darías cuenta de que fuman.. , la tolerancia al cuerpo en fumar a diario y en cantidades altas hace que se viva la yerba de otra manera.. no solo enfocada como un recreativo y estimulante de fin de semana.. sino que es cuando el cuerpo funciona de una manera standard y habitual..

                        pq yo reconozco que soy mas peligroso cuando no voy fumao con todo el estres en el culo..

                        que prohiban trabajar tanto y así evitarían aún mas accidentes
                        La ViDa

                        Comentario


                        • #27
                          Re: Controles antidroga en las carreteras?

                          No indio, no sé si has leido el texto en negrita que he colgado, está sacado del Código penal... entró en vigor hace un mes o asi, todo el capitulo fue remodelado para que a partir de ahora, cualquier conducta que ponga en peligro la seguridad vial, sea un delito, y conlleve responsabilidad penal....

                          respecto a los puntos, hay gente con carnet que no lo usa, q tengo entendido está vendiendo sus puntos.... es cuestión de enterarse, obviamente es una actividad ilícita... asi que si alguien se decide hacedlo sólo con gente de confianza...

                          Comentario


                          • #28
                            Re: Controles antidroga en las carreteras?

                            Originalmente publicado por BASTARDA

                            respecto a los puntos, hay gente con carnet que no lo usa, q tengo entendido está vendiendo sus puntos.... es cuestión de enterarse, obviamente es una actividad ilícita... asi que si alguien se decide hacedlo sólo con gente de confianza...
                            eso solo funciona en multas de velocidad y cosas así que no haya detención
                            La ViDa

                            Comentario


                            • #29
                              Re: Controles antidroga en las carreteras?

                              efectivamente sólo funciona cuando hablamos de radar, o cuando no te han parado e identificado....

                              Comentario


                              • #30
                                Re: Controles antidroga en las carreteras?

                                Originalmente publicado por BASTARDA


                                [b]CAPÍTULO IV.
                                DE LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL.
                                Artículo 379.

                                1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.


                                no sabía de la nueva modificación de la ley y me informaré a ver que tal.. a parte de leermelo bien , tu siempre al tanto , es de agradecer

                                pero como siempre pasa.. depende de varios factores..

                                la semana pasada pillaron a un colega fumao a 67 km/h donde se podía circular a 20.. dentro de una urbanización..

                                la multa fue de 72 euros, una vez restado el descuento por pagar rapido.. y ni puntos ni sancion por la yerba ni nada.. pero claro, la detención la hicieron la policia local en lugar de los mossos..

                                pq a mi me extraño.. yo le dije.. tio, a esa velocidad, estás triplicando la permitida.. te van a meter puntos y juicio.. y él me dijo que ya había pagado y me mostró la denúncia.. y efectivamente.. no hay perdida de puntos ni nada..

                                con lo que una vez mas.. solo puedo decir.. vivimos en un pais de cachondeo, de sobornos y de mafias.. donde el dinerito todo lo compra y siempre salen perjudicados los mismos.. que es la clase obrera

                                yo he visto quitar multas y retiradas por 4 longanizas y vino.. ya está todo dicho

                                es lamentable y penoso.. tantas leyes y tan malas.. cada vez unas se solapan mas con las otras y se contradicen.. , cuando la premisa basica debería ser respeto y precaución al volante.. y asumir las penas.. tal y como siempre decía zarbel, indistintamente si se bebe o se fuma.. asumir las penas de igual forma y los errores de uno mismo.. sin reducciones de pena por alteraciones moementaneas.. tal y como se hace.. aaaaaaa, como no me acuerdo de nada.. , pues otro día ya se acordará (no hablo ya solo de conducción, sino de maltratos y palizas incluso )
                                La ViDa

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